Desahogo de Actas Testimoniales para Registros Extemporáneos
Dirigido a:
Dirigido a toda la población que carezca de acta de nacimiento por falta de registro ante el Registro Civil, personas menores de edad y personas adultas.
Objetivos:
Desahogar el acta testimonial ofrecida por aquella persona que pretenda llevar a cabo el registro extemporáneo al tenor de lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 41 de la Ley de Registro Civil del Estado.
Expedir los documentos necesarios con los cuales se subsane la omisión para su registro, garantizando con ello el derecho humano universal a la identidad o nombre.
Requisitos:
Para personas menores de edad:
*Identificación oficial y vigente de los padres o persona interesada en llevar a cabo el registro.
*Certificado de nacimiento de la persona menor de edad o denuncia de extravío del documento (menores de 12 años).
*Identificación oficial y vigente de 2 testigos que sepan y les conste el nacimiento de la persona menor de edad.
*Constancia de Inexistencia del lugar de nacimiento y del lugar de residencia.
*Comprobante de domicilio a nombre de alguno de los padres.
*Acta de nacimiento de los padres o de madre.
Para personas mayores de edad:
*Identificación oficial y vigente de 2 testigos que sepan y les conste el nacimiento de la persona interesada.
*Constancia de Inexistencia del lugar de nacimiento y del lugar de residencia.
*Comprobante de domicilio a nombre de la persona interesada o de quien lo presente.
*Fe de baustismo de la persona interesada.
*Acta(s) de nacimiento de madre y/o padre y hermana(o)s.